¿Qué es la MODALIDAD 40 del IMSS?

03.06.22 08:40 AM Comentario(s) Por GIADANS

¿Estas cerca de tu retiro?, ¿empezaste a cotizar antes de julio de 1997? Entonces, esta información puede ayudarte a mejorar tu pensión para tu retiro.

Modalidad 40 es la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, y es un derecho y beneficio que se otorga por ley a los trabajadores que iniciaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.

El programa está dirigido a personas que actualmente no tienen una relación laboral y que están cerca de la edad del retiro, se recomienda que sea a los 55 años, y consiste en realizar aportaciones voluntarias que sólo se pueden hacer si el trabajador dejó de cotizar con un patrón, de esta forma mejorar el promedio salarial, sumar semanas y, por ende, obtener un monto mejorado de pensión con total apego a la ley y llegar al retiro con una pensión asegurada de hasta $50,000 pesos.

La pensión depende del número de semanas cotizadas y el salario con el cual cotiza una persona en los últimos 5 años de su vida laboral. En la modalidad 40, una persona puede registrarse ante el IMSS, aunque ya no tenga relación laboral vigente, con un salario de hasta 68,111 pesos (25 UMAS).

Es primordial mencionar que, para poder pensionarse bajo la modalidad 40, el trabajador debe haber cotizado al menos 52 semanas de trabajo en los últimos cinco años.

Para registrarte a esta modalidad, debes registrar los datos básicos en https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home y contar con los siguientes datos:

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
  2. Número de Seguridad Social (NSS).
  3. Correo electrónico.

Y si quieres realizar el trámite de manera presencial, debes llevar lo siguiente:

  1. Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y copia.
  2. Documento que contenga el Número de Seguridad Social. Original.
  3. Identificación oficial vigente. Original y copia.
  4. Comprobante de domicilio. Original y copia.
  5. Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente. Original y copia.

También es necesario que tengamos en cuenta las cuestiones que hay que cuidar para que no te den de baja de esta modalidad. Y estas situaciones son las siguientes:

  1. Dejar de hacer aportaciones voluntarias por más de dos meses. El IMSS te da un plazo de un año para reincorporarte si solicitas continuar. Además, debes pagar los meses pendientes durante este periodo de tiempo.
  2. Regreso al Régimen Obligatorio con un patrón. No puedes mezclar esta y la 40, debes elegir alguna.

Puntos significativos que debemos contemplar desde ahora, es que entre más semanas cotizadas y el importe del salario registrado sea lo más alto posible, los beneficios para una mejor pensión serán más favorecedores para el trabajador e incluso para la familia, ya que, si llegara a fallecer la persona, el 90% de la pensión pasaría a la viuda o viudo.

Algo muy importante bajo la Modalidad 40 es que no tendrás acceso a los servicios médicos del IMSS, pero sí podrás contratar el Seguro de Salud para la Familia.

GIADANS

Compartir -