Cálculo de PTU

03.05.24 06:23 PM Comentario(s) Por Luz Rodriguez

El reparto de utilidades o PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa), es un derecho para los trabajadores otorgado por la Ley Federal del Trabajo y está directamente relacionado con las ganancias que tuvo la empresa durante el año. La intención de este derecho es contribuir a la redistribución de la riqueza y promover la justicia social.


Empleados con derecho al pago de utilidades:


 Al ser un derecho constitucional del trabajador, que participen en las ganancias de la empresa, todos los trabajadores deben colaborar en reparto de las utilidades.

 Todos los colaboradores que desempeñen alguna función en subordinación de una persona moral o física y reciban un salario.

 Colaboradores eventuales que hayan cumplido por lo menos un periodo de 60 días durante el año.

 Colaboradores fijos que hayan cumplido por lo menos 60 días de trabajo durante el año.

◉ Trabajadores de planta.

 Ex trabajadores de planta sin importar si renunciaron o fueron despedido, siempre y cuando hayan trabajado más de 60 días durante el año.

 Madres y padres que se encuentren en periodo de incapacidad.

Trabajadores deconfianza, quienes pueden acceder a un reparto de utilidades de un 20% adicional al salario máximo de un trabajador sindicalizado o de base.


¿Qué trabajadores no tienen derecho al reparto de utilidades?


◉ Trabajadores domésticos: quienes prestan servicios en el hogar realizando tareas de limpieza, administración del hogar, cocina y/o cuidado de niños o adultos.

 Trabajadores eventuales: aquellos que hayan trabajado menos de 60 días en la empresa.

  Directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de la empresa.

  Profesionistas técnicos: quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin una relación de trabajo subordinado.


 Empresas que deben otorgar utilidades:


 El SAT declara que todas las unidades económicas de producción o distribución, de bienes o servicios, personas físicas o morales, que tengan trabajadores a su servicio se verán obligados a realizar el reparto de utilidades de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.


Es importante señalar que la obligación y el derecho al reparto de utilidades no aplica para todas las empresas ni trabajadores. Las instituciones o empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son:


  Empresas de nueva creación: por lo menos con un año de haberse constituido o que hayan elaborado algún producto.

  Instituciones de asistencia privada con fines humanitarios o sin propósitos de lucro

 El IMSS e instituciones públicas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia

 Empresas con un capital menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.


Pasos para realizarlo en CONTPAQi® Nóminas


1.   Generar un respaldo.

         2.   Seleccionar el periodo extraordinario y colocar a fecha del pago.

         3.  Seleccionar el menú Reportes opción PTU…

         4.  Colocar la cantidad a repartir, recordando que es el 10% de la utilidad que tubo la empresa en el ejercicio inmediato anterior.

          5. Verificar si existe acumulados del ejercicio anterior, esto es para empresas que tiene el registro en CONTPAQi Nóminas, sino se tiene registro                 en el sistema o es empresa nueva creada en Nominas, seleccionar la opción No se tienen acumulados.

          6. Marcar o desmarcar si se decide descontar las incidencias del ejercicio, como pueden ser faltas injustificadas.

          7. Seleccionar el tipo de tope que se necesita: Salario Diario, Salario Diario Integrado o Salario Base de Cotización.

          8. Dar en el botón continuar, nos mostrara el cálculo que se tiene.

           9. El siguiente paso es aplicar cálculo y agregar los conceptos 25 y 43 respectivamente.

             10. Dar en el botón Aceptar y listo, ya tienes tu cálculo de PTU.



                                                                                                                 Si tienes alguna duda en cómo ejecutarlo, no dudes en llamarnos estamos para apoyarte.

Escrito por: 
Lic. Luz Rodríguez 
Gerente Distribuidores
GIADANS

Luz Rodriguez

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