El 27 de diciembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la facilidad para los contribuyentes que emiten CFDIs con complemento de nóminas, para que puedan solicitar la información completa de sus colaboradores por medio del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea fiscal para 2023 establece lo siguiente:
“Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley.”
Es importante mencionar que, por única ocasión, los contribuyentes que se encuentran obligados a emitir CFDI, podrán solicitar los datos del RFC por medio de la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A.
Así, con esta facilidad, si tu colaborador aun no proporciona su Constancia de Situación Fiscal o los datos que en ella provienen, la autoridad fiscal proporcionará dichos datos y el CFDI estará debidamente timbrado.
Fundamento Legal:
- Artículo 27 del CFF 27,
- Artículo 23 y 26 del RCFF
- Regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.