Se amplía plazo para emitir CFDI de Nómina 4.0

10.04.23 10:03 AM Comentario(s) Por Luz Rodriguez

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha postergado hasta el 1 de julio de 2023 el uso obligatorio de la versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nóminas en su versión 4.0. 

Hasta esa fecha se podrá seguir utilizando la versión 3.3., de acuerdo a un comunicado publicado el pasado 31 de marzo 2023, que autoridad detalló que su objetivo es dar una mejor atención al contribuyente, por lo que, además de este plazo a los nuevos recibos de nómina, también otorgará más tiempo a las personas que están bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Hay que recordar que los nuevos datos que se piden para los CFDI, de manera obligatoria, tanto del empleado como del empleador para verificar información y evitar fraudes. Por ello, los principales cambios entre las facturas de nómina 4.0 y las 3.3, que funcionan desde 2017, es la inclusión de:

  • RFC.
  • Nombre completo.
  • Razón o denominación social.
  • Código postal del domicilio fiscal y su uso.

A lo largo del año, miles de empresas solicitaron a los trabajadores una Constancia de Situación Fiscal, lo que generó enormes filas en las ubicaciones de las oficinas del SAT por la gran demanda de trabajadores solicitando este documento.

En nuestro boletín de enero 2023 para Distribuidores Giadans, publicamos un artículo donde menciona que  el 27 de diciembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la facilidad para los contribuyentes que emiten CFDIs con complemento de nóminas, para que puedan solicitar la información completa de sus colaboradores por medio SAT, que ayudarán en gran medida a la implementación del CFDI de nómina en su versión 4.0, es la adición de la Regla 2.7.1.48, que establece la opción para que los patrones puedan solicitar a través del Portal del SAT la información relacionada con la inscripción en el RFC de sus trabajadores, a quienes haya expedido CFDI de nómina en los últimos doce meses.

Esta solicitud se podrá realizar por única ocasión siguiendo el procedimiento previsto en la ficha de trámite 320/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, contenida en el Anexo 1-A, publicado en el DOF el pasado 28 de diciembre de 2022.

La Regla anterior es una alternativa para obtener los datos del nombre y el código postal del domicilio fiscal relacionados con el RFC de los trabajadores, directamente de las bases de datos del SAT, de tal manera que ya no sea necesario solicitar a los trabajadores su Constancia de Situación Fiscal (CSF), con excepción de los trabajadores de nuevo ingreso

Luz Rodriguez

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